La trompeta de doña Ligia y La UASD, en el 477 Aniversario


La Ministra ha creado en el MESCyT una cultura reglamentaria de decisiones administrativas que la colocan por encima del Tribunal Constitucional
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Juan Tomás Olivero

Filósofo egresado de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra. Profesor Adjunto de las Escuelas: Comunicación Social, Teoría y Gestión Educativa y, Adscrito en la Escuela de Filosofía de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). Maestrías: en Enseñanza Superior UASD 1990) y en Sociedad Democrática, Estado y Derecho (UASD-UPV País Vasco 2009).Ex Director Coordinador General de Recintos, Centros y Extensiones (UASD 2008). Ex Coordinador Académico y Director de Extensión Cultural, Universidad Mundial Dominicana (UMD- 1986 Barahona). Ex Director Radio Enriquillo (interino1983) y Ex presidente Asociación de Periodistas Profesionales (APP-1999) . Soy de Barahona, del sur, República Dominicana.
Cualquier aficionado al derecho, tratadista o experto, sabe muy bien y, con alta preocupación, que las relaciones marcadas por la Ministra y el MESCyT hacia la Universidad Autónoma de Santo Domingo y sus  autoridades tienen como fin poner en duda y tela de juicio  la legitimidad, autoridad y seguridad Jurídica de la institución universitaria estatal. Nunca como ahora,  se había concebido y perpetrado un plan más perverso para minar los derechos institucionales de la UASD consignados en su ley fundacional 5778, como el que se ha puesto en marcha.
Primero la CREP y las reformas y privatización de las empresas  públicas  (1997), proceso en el que se incluía la UASD; segundo, como consecuencia de lo primero, la ley 139-01, art. 91, acción jurídica ésta  de sifonear, hecho único y sin precedente de ordenamiento jurídico  alguno.  Sifoneo que  despoja de la legitimidad del 5%  la ley 5778 al transferir y convertir en presupuesto del MESCyT lo conferido a la UASD por ley vigente; tercero, el Proyecto de examen único de residencia médica, con el que se pretende despojar a la UASD de la titularidad del derecho académico sobre las residencias médicas y las referencias académicas estatales de homologación de títulos a estudios extranjeros y;  cuarto, La Estatización del Iteco al convertirlo en universidad pública mediante la ley 236- 14, con lo que se incia el sopeteo del presupuesto de la UASD o su despeluñamiento repartiendo con angurria lo ajeno.
Se ha hecho recurrente en la Ministra del MESCyT,  sus apariciones trompeta en mano en los escenarios uasdianos frente a un  público de vicerrectores, decanos y directores de escuelas y departamentos  para anunciar, precedido como es costumbre,  de un ensarte de boches, descalificaciones, amenazas, humillaciones, vejaciones y desconsideraciones; dicho  de otra manera, a trompetazos para anunciar las plagas que como desgracia sobrevendrán a la UASD, según ella,  en lo concerniente a anulaciones y desregulaciones de derechos institucionales atribuidos en la ley 5778 y que serán   rechazados de forma procesal por ella y su ministerio.
La Ministra ha creado en el MESCyT una cultura reglamentaria  de decisiones administrativas que la colocan por encima del Tribunal Constitucional. El MESCyT tiene su propia jurisprudencia en la que desde su óptica y parecer, tutelan y violan los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas e institucionales del ámbito de la educación superior. El MESCyT cree estar  por encima del art. 6 de la Constitución Dominicana, del 8, del 37 al 67 y, del 74 numerales inclusive. A la Ministra hay que hacerle entender que su trompeta esta desafinada y las notas son discordantes a las garantías constitucionales establecidas en la Constitución del 2010 (ref.2015).
Ella podrá saber y estar más actualizada que Jesús de la Rosa en materia de Pensamiento contemporáneo curricular, como se lo enrostró en reunión reciente. El autor de esta columna fue alumno de la Ministra  en programa de   Maestría,  de la asignatura Teoría Curricular en la UASD 1988.  La Ministra podrá postular y probar más conocimientos en su área  que cualquier otro, pero eso,  ni la coloca y mucho menos la sitúa, a ella y al MESCyT, como una supra universidad  por encima de las leyes y las instituciones del sistema.
La UASD debe poner sus ojos en la ley 5778 que es el  fundamento jurídico, que da sentido a su razón de ser como Universidad Estatal, Pública, Autónoma y Descentralizada. En la ley 5778 esta su seguridad jurídica,  la que debe enarbolar y estructurar en consecuencia  una defensa pertinente, oportuna e inteligente  ante el órgano de control de constitucionalidad, el Tribunal Constitucional de la República Dominicana.

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